Diputado Longton presenta proyecto para que bancos no puedan acceder al DICOM de clientes mientras dure la pandemia

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El diputado RN por el distrito 6, Andrés Longton, junto a un grupo de
parlamentarios de su bancada, presentaron un proyecto que busca que los
bancos e instituciones financieras no puedan acceder al historial
financiero de deudas “Dicom” de los clientes desde la publicación de la ley
hasta 60 días después de que termine el Estado de Catástrofe.

Al respecto, el diputado Longton indicó que *“creemos que es el momento de
entregar la mayor cantidad de herramientas para ayudar a las personas, para
ayudar al chileno común y corriente que, en definitiva, se ha visto
profundamente afectado en sus ingresos primero por el estallido social, y
ahora por la pandemia, es decir, por causas ajenas a su voluntad. Esto,
además ha provocado que se les cierren las puertas en muchas instituciones
financieras”.*

“Es por eso que eliminar el Dicom va a permitir, durante este tiempo, que
muchas personas puedan acceder a créditos, traduciéndose en un alivio para
ellos y sus familias”, *añadió el parlamentario.

La iniciativa detalla la grave situación de la economía mundial, producto
del Covid-19, con una recesión en curso declarada oficialmente por el FMI.

En este escenario, dice el documento, el Gobierno intervino financieramente
con un paquete de medidas para las pymes y las personas, cuyos beneficios,
dependen de la evaluación de riesgo, que se ha visto agravada por el
estallido social, donde han visto mermado su patrimonio y “se verán
impedidos de acceder a financiamiento por dichas deudas”.

Por lo anterior, es que “resulta justificable el evitar la publicación,
información o comunicación de estas obligaciones impagas, por al menos
durante un período de tiempo transitorio y excepcional que incluya la
vigencia del estado de catástrofe y hasta 90 días tras su cesación, con el
objetivo de que el “historial financiero” de las personas, originado en
razón del “estallido social” de octubre o la emergencia por Covid, no los
castigue o les impida salir del estancamiento financiero”.

Esta iniciativa se suma a otra impulsada por los mismos diputados que busca
prohibir, transitoriamente, la publicación de las deudas morosas contraídas
por los dueños de las micro, pequeñas y medianas empresas (PYMES) de
nuestro país y por ellas mismas en cuanto personas jurídicas, para que de
esta manera puedan acceder al paquete de medidas del Gobierno para
enfrentar la pandemia.

Proyecto de Ley

ARTÍCULO ÚNICO: “Durante el período comprendido entre la declaración de
estado de catástrofe de fecha 18 de marzo de 2020, en virtud del decreto
supremo N°104 del Ministerio del Interior y de Seguridad Pública y hasta
noventa días después de terminado dicho estado de excepción constitucional,
no se podrá publicar, ni comunicar, por cualquier medio, información
relacionada con deudas morosas contraídas por personas naturales.

El incumplimiento de lo dispuesto en esta ley será sancionado con multa a
beneficio fiscal de hasta 100 UTM cuya sustanciación y aplicación se regirá
por lo dispuesto en el Título IV de la Ley N° 21.000.”

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