Opinión: «Apuntes sobre la remoción» por Italo de Blasis

Compartir en:

La sentencia del Tribunal Electoral Regional de Valparaíso que decretó la remoción del Alcalde Patricio Freire es portadora de malas y buenas noticias para nuestra comuna. De los cuatro cargos formulados en su contra mediante requerimiento presentados por los concejales Christian Beals y Juan Carlos Sabaj, dos de ellos lograron ser acreditados con los medios probatorios suficientes.

A mi juicio las malas noticias están relacionadas con los cargos que fueron desestimados, no porque sea mi interés que ellos fueran acogidos, sino porque están relacionados con obligaciones de suma importancia que debe observar la autoridad local en ejercicio de su cargo y que de lo resuelto por el fallo no se colige que les haya dado cumplimiento.  La obligación de supervigilar la ejecución de las licitaciones adjudicadas en beneficio de la comuna y el cuidado del patrimonio municipal quedaron en entredicho con la licitación para el mejoramiento y mantención de luminarias adjudicado a Citilum Chile. Dicho proceso requiere de una investigación con la mayor trasparencia posible, que hasta la fecha no se ha hecho, de manera de apartar las sombras que sobre el Municipio se levantaron, haciendo efectivas en su caso las responsabilidades de rigor. Por su parte el cargo por la supuesta autorización para la extracción irregular de material pétreo desde río Aconcagua, fue rechazado debido a que los requirentes no aportaron ningún antecedente para sustentar tal imputación. Bien harían ellos en presentarlos ante la comunidad para aclarar los hechos, ya que tales extracciones se han transformado en un atentado grosero al elemento geográfico más identitario de nuestra comuna.

Por su parte, las buenas noticias, dentro de las cuales por cierto no se encuentra que la comuna de San Felipe se anote por primera vez la remoción de su Alcalde por notable abandono de sus deberes, están relacionadas con el reconocimiento a las instituciones sobre las que descansa toda democracia a nivel comunal.

En un municipio moderno, todo ciudadano que detente un cargo de responsabilidad pública debe levantar un muro infranqueable entre las actividades que le demande dicho cargo y sus intereses privados, y esto, a juicio Tribunal Electoral, no fue observado por el Alcalde Freire. En el proceso de adjudicación del servicio de parquímetros el Alcalde concurrió a la aprobación de una Ordenanza Municipal cuyos efectos alcanzaban a un inmueble de cuya propiedad participaba, incumpliendo así su deber legal de abstención e importando con ello una falta a la probidad administrativa. Si bien el Tribunal no le confirió a tal infracción la gravedad para fundamentar su destitución, si lo convirtió en objeto de sanciones menores que en definitiva no se dictaron por habérsele aplicado la de máximo rango.

Por otro lado, la sanción de remoción aplicada tuvo como fundamento la negativa del Alcalde en dictar el decreto de destitución del administrador municipal, y apropósito de ello el fallo, es contundente en reconocer las limitaciones a las que está sujeto en el ejercicio de su cargo. Al no dictar el mencionado decreto, el fallo indica, el Alcalde desconoció la potestad del Concejo Municipal que por competente y soberana decisión había acordado remover de sus funciones al administrador, afectando con ello el trascendente mecanismo de control ciudadano que se ha delegado en dicho organismo, omisión que no se corresponde con la conducta que debe observar la máxima autoridad municipal a quien se le ha confiado por ley, la dirección y administración superior del gobierno local con la finalidad de satisfacer las necesidades de la comunidad.

Tendremos que esperar que el recurso anunciado por el alcalde en contra del fallo sea resuelto para conocer el desenlace de esta trama.

ITALO DE BLASIS VARGAS

ABOGADO

Categorías

Deja el primer comentario